Comité de Convivencia

Te contamos que el Comité de Convivencia Laboral se crea como una medida preventiva de acoso laboral, para contribuir en la protección de los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo.

 

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 Recuerda que cuando lo necesites, puedes acudir al Comité de Convivencia Laboral y en éste puedes tener confianza absoluta. Los integrantes del Comité cuentan con competencias actitudinales y comportamentales que los hacen idóneos para atender las quejas, dentro de las cuales están: respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, ética y reserva absoluta en el manejo de información.

 

Los canales formales para la recepción de quejas definidos por el GEB por presunto acoso laboral son:

 

 

Recuerda que para interponer una queja de acoso laboral debes diligenciar el formato GHU-PRO-019-F-001 (el cual encontrarán en la intranet de los trabajadores @anfora, asociado al procedimiento de gestión de casos por presunto acoso laboral) es el establecido para exponer la queja, el cual encuentras en el siguiente link 

 

En GEB aseguramos el conocimiento de los trabajadores respecto a este tema, por eso, en las capacitaciones de inducción a nuevos funcionarios se da una charla sobre Acoso Laboral y Sexual, así mismo, todos los trabajadores deben realizar y aprobar el curso e-learning Acoso laboral y sexual en el ámbito laboral

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